lunes, 7 de septiembre de 2009

13° sesión ordinaria

Fecha: 6 de agosto.
Presidente: Olga Coteluzzi.
Concejales presentes: Orellana, Sánchez, Fraccaroli, Cavalleri, Prece, Garavano, Mateos y Richetti.

Solicitud a la Secretaria de Regiones, Municipios y Comunas de Fondos
El concejo aprobó por unanimidad el proyecto que autoriza al intendente municipal a solicitar a la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas de la provincia que asigne a la administración de Villa Gdor. Gálvez el importe de 1.730.062,10 pesos, monto que no excede del 50 por ciento de los fondos que en virtud de la Ley Nº 12.385 le corresponde, para ser afectados a gastos corrientes.

Todos contra el dengue
El Concejo Deliberante declaró de Interés Municipal el Programa “Todos contra el Dengue”, presentado por la Secretaria de Salud Municipal que se llevará a cabo entre los meses de agosto y noviembre del corriente año con el fin de prevenir la propagación del vector Aedes Aegypti en toda la jurisdicción de la ciudad.
Autores del proyecto: Concejales Sánchez, Orellana y Fraccaroli.

Monto de la TGI para el Área Industrial Oficial
Los concejales modificaron el artículo 4º de la Ordenanza Tributaria Nº 1.608/04 y modificatorias Ordenanza Nº 1.672/06, correspondientes a la Tabla de básicos para el Cálculo de la Tasa General de Inmueble (T.G.I.).
Al mencionado artículo se le agrega un texto referido a la “Zona Especial Área Industrial Oficial de Villa Gobernador Gálvez”, al cual se le asigna el Código “2000” cuyo importe será de 100 pesos por cada 10.000 metros cuadrados”.
Especifica además el documento: “La presente tabla de básicos para el cálculo de la Tasa General de Inmuebles (Código 2000) será aplicable exclusivamente a las empresas radicadas en el Área Industrial Oficial de Villa Gobernador Gálvez que estén funcionando o, que hayan presentado y abonado el permiso de edificación”.
Solicitud de modificación a cargo del concejal Sánchez.

Facilidades de pago de la T.G.I.
Se aprobó con modificaciones el proyecto de Ordenanza, Prórroga y Modificación de la Ordenanza Nº 1.807/08 “Régimen de Regularización y Facilidades para el pago de T.G.I.”.
A través del mismo se establece un Régimen Especial de Regularización y facilidades para el pago de la Tasa General de Inmuebles, régimen al que podrán acogerse todos los contribuyentes y responsables de dicho tributo que adeudan hasta el anticipo diciembre 2008 inclusive y se encuentren vencidas y exigibles al 31 de enero de 2009, debiendo estar abonado al momento del acogimiento, los anticipos posteriores al período diciembre de 2008 siempre que se encuentren vencidos y exigibles. Podrán acogerse también todos aquellos contribuyentes y responsables de la Tasa General de Inmuebles que hayan formalizado convenio de pago cuyas cuotas se encuentren impagas a la fecha de celebración de un nuevo acuerdo, estén o no vencidas y sean o no exigibles.
Las deudas objeto del presente régimen de regularización estarán sujetas al siguiente tratamiento:
a) Al capital de origen se le adicionarán los intereses de acuerdo a lo prescripto en las disposiciones establecidas en el Código Tributario Municipal Título I Capítulo XI y demás Ordenanzas Vigentes.
b) Al monto resultante se le aplicará una quita del 80 por ciento para todas las deudas anteriores al 1 de enero de 2004.

La deuda consolidada podrá abonarse:
1) Pago contado con el 20 por ciento de descuento.
2) Pago en cuotas hasta en 48 cuotas iguales mensuales y consecutivas, con un interés nominal anual del 12 por ciento, no pudiendo ser el importe de cada cuota inferior a 25 pesos.
Cuando se hubieren formalizado convenios de pago en cuotas, la primera cuota vencerá el día 15 del mes posterior al de la suscripción del mencionado convenio y las posteriores los días 15 de los meses subsiguientes.
El acogimiento a los beneficios de la presente, implica el pleno reconocimiento de la deuda que se regulariza y significa desistir de los recursos en las instancias administrativas y/o judiciales en que se encuentren las causas, por el concepto y monto.
El término de vigencia de esta moratoria será desde el 1º de agosto del 2009 hasta el 31 de octubre de 2009.
En los casos que se ingresen cuotas fuera de término serán de aplicación las normativas previstas en la Ordenanzas vigentes a la fecha de su efectivo pago. Cuando se encontraren vencidas 3 (tres) cuotas consecutivas o 5 (cinco) cuotas no consecutivas, se dará por caduco el plan, la caducidad quedará declarada de pleno derecho, sin necesidad de declaración alguna. La misma producirá la pérdida de los beneficios que haya conferido la aplicación de la ordenanza de regularización.

Redes de gas natural para la sección séptima
El Concejo Deliberante aprobó una minuta de comunicación a través de la cual pide al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través de la Secretaría que corresponda, estudie la factibilidad de las obras de extensión de las redes de gas natural en la Sección Catastral Nº 7 sobre las calles Brown, entre calle Moreno y Av. Juan D. Perón y las Heras entre calle Moreno y Av. Juan D. Perón, ambas veredas.
A los efectos que pudieren corresponder, la Municipalidad realizará la tramitación correspondiente ante la empresa prestadora Litoral Gas, en un todo de acuerdo a las normativas vigentes.

Apertura de la arteria que cruza el NCA desde Libertad hasta Garay
Por medio de la aprobación de una minuta de comunicación, el Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaría que corresponda, inicie gestiones ante la Secretaría de Transporte de la Nación tendiente a lograr la apertura de una arteria que cruce el ferrocarril NCA entre las calles Libertad y Garay y, en caso de ser factible, disponga la realización de las obras necesarias a tal fin.Autor del proyecto: Concejal Fraccaroli.

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