lunes, 27 de julio de 2009

12° sesión ordinaria

Fecha: 8 de julio de 2009.
Presidente: Olga Coteluzzi.
Ausente: Mateos.
Proyectos votados por unanimidad.

Modificación del reglamento del Servicio Público de Remisse
El concejal Cavalleri solicitó que se modifiquen algunos artículos de la Ordenanza Nº 1847/09 “Reglamento servicio público de remisses”.
En el Art. 2 se cambió la disminución de 565 licencias a 350, a medida que queden caducas. El nuevo texto establece que las licencias serán hasta un número de 565, “respetándose los cupos en cantidad presentados por las empresas remiseras ante el Departamento Ejecutivo Municipal y que son parte del padrón formal e informal que obran como parte integrativa del Expediente presentado”.
Por otro lado, el Art. 8 tuvo dos modificaciones: una de ellas contempla la ampliación de la antigüedad de la unidad a 15 años; la otra, la ubicación de la oblea –en lugar de una chapa con el número de licencia– en el interior del vehículo en el parabrisas delantero del lado derecho.
La última modificación alteró dos artículos –18 y 23–, que establece que el número mínimo de vehículos que podrán tener las agencias será de (5), mientras que antes decía que debían ser (10).

Ni pública ni privada
Los ediles modificaron el Art. 1 de la Ordenanza Nº 1.846/09 (ver sesión anterior) sobre el proyecto de capacitación “Arco Iris”. Establecieron que se prescindirá tanto “de la Licitación Pública y de la Licitación Privada por resultar imposible esperar el resultado de la licitación”, por la urgencia de la contratación.

Régimen especial de regularización y facilidades de pago de la Tasa de Conservación del Cementerio
Luego de introducir una modificación realizada por el concejal Sánchez, los ediles aprobaron un régimen especial de regularización y facilidades de pago de la Tasa de Conservación del Cementerio.
La Ordenanza establece que “podrán acogerse todos los contribuyentes y responsables que adeuden hasta el 31 de diciembre de 2.008 inclusive y se encuentren vencido y exigibles al 31 de julio de 2.009, debiendo estar abonado al momento del acogimiento, el 1º cuatrimestre 2.009. Podrán acogerse también todos aquellos contribuyentes y responsables de Tasas y Derechos de Cementerio que hayan formalizado convenio de pago tanto en gestión administrativa, como en gestión de apremio, cuyas cuotas se encuentren impagas a la fecha de celebración de un nuevo acuerdo, estén o no vencidas y sean o no exigibles”.
En su artículo 2º detalla: “Las deudas objeto del presente régimen de regularización están sujetas al siguiente tratamiento: a) Al capital de origen se le adicionarán las actualizaciones e intereses de acuerdo a lo prescripto en las disposiciones establecidas en el Código Tributario Municipal Título I Capitulo XI y demás Ordenanzas vigentes. b) Al monto resultante se le aplicará una quita del 80 % para todas las deudas anteriores al 01 de enero de 2.003”.

Receso en el Concejo
La presidente del Concejo Deliberante Olga Coteluzzi anunció que el Concejo Deliberante estará en receso hasta el 24 de julio del 2009.

11° sesión ordinaria

Fecha: 19 de junio de 2009.
Presidente: Olga Coteluzzi.
Ausente: Mateos.
Al igual que la sesión anterior, los proyectos fueron votados por unanimidad.

Proyecto de capacitación Arco Iris
El Concejo aprobó la ordenanza por la cual se declara la urgencia en la contratación, por el Sistema de Concurso de Precios, de elementos, maquinarias, herramientas, insumos, material didáctico, seguros y capacitadores que fueran necesarios para la puesta en marcha y desarrollo del proyecto de capacitación denominado “ARCO IRIS”, enmarcado en el convenio suscripto por el Departamento Ejecutivo Municipal con el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, prescindiéndose de la formalidad de la Licitación Pública por resultar imposible esperar el resultado de la Licitación.
El Departamento Ejecutivo Municipal deberá remitir al Concejo Deliberante copia certificada de los tres presupuestos y posterior factura de pago de todos y cada una de las contrataciones que se efectuaran.
Cualquier monto que excediera los presupuestos autorizados y/o montos depositados por el Ministerio deberá ser aprobado por el Concejo Deliberante, el cual estipulará en tal caso el modo de contratación.

Extensión de redes de gas natural
A través de minutas de comunicación, los ediles solicitaron al Departamento Ejecutivo Municipal la extensión de las redes de gas natural para las zonas catastrales 12 y 13.
Las calles afectadas son Pasaje 8 entre Rosario y Cafferata, y Orán entre Alberdi y Juan José Paso.
También establece que “a los efectos que pudieren corresponder, la Municipalidad realizará la tramitación correspondiente ante la empresa prestadora Litoral Gas en un todo de acuerdo a las normativas vigentes”.

Reglamento de Servicio Público de Remisse
El Concejo sancionó una nueva ordenanza que cambia la Nº 1.299/98 y sus modificatorias, la cual regulará el Servicio Público de Remisse.
Luego de algunas modificaciones solicitadas por Cavalleri y Sánchez, se aprobó de manera unánime.
El reglamento cuenta con varios capítulos que establecen cómo se realizará la habilitación de las unidades; los requisitos necesarios para el otorgamiento de licencias; las especificaciones para los vehículos, conductores y agencias o empresas de remisse; los datos sobre los organismos de aplicación; las situaciones que establecen la caducidad de las licencias; detalles sobre el pago de los tributos derechos y tasas; el establecimiento de la tarifa; y características de la prestación del servicio.
Para obtener la ordenanza completa los interesados pueden ingresar a la página del concejo: www.concejovgg.com.ar.

Habilitación de las unidades
El Departamento de Inspección General, dependiente de la Secretaría de Gobierno, expenderá hasta un número máximo de 565 licencias, que surgen de la suma del padrón formal e informal remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.
Se otorgarán hasta un máximo de 1 licencia por persona física o jurídica.
Ninguna licencia bajo pena de caducidad podrá permanecer más de 90 días corridos sin tener una unidad afectada en servicio.

Requisitos para el otorgamiento
Podrán otorgarse las licencias tanto a personas físicas como a personas jurídicas, siempre que reúnan lo establecido por el reglamento. Entre otros elementos, las personas físicas deben poseer –tanto el individuo como el vehículo– domicilio real en la ciudad; contar con carnet D1; y ser titular registral del vehículo, otorgándose un plazo de 90 días corridos para acreditarlo desde la fecha de la pre-adjudicación de la licencia.
No podrán ser adjudicatarios de licencias quienes se encuentren vinculados a la Municipalidad bajo cualquier modalidad de contratación laboral; los quebrados o concursados; los condenados por delito con condena firme; y los que pertenezcan al directorio o sean socios gerentes, de sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y/o cualquier otro tipo jurídico.
Las personas jurídicas tienen que poseer domicilio legal y fiscal en la ciudad de dos años como mínimo; contrato social vigente; ser titular del vehículo; y, en caso de asociaciones civiles, la inscripción como persona jurídica.
Ante el fallecimiento del titular de la licencia (persona física) deberá informarse dentro de los sesenta días corridos. La licencia se transfiere a sus herederos, conforme a la ley vigente.
Cuando el titular de una licencia se acoge a los beneficios jubilatorios podrá designar un hijo para que continúe con la explotación.
El titular de la licencia deberá comunicar todo cambio que se realice con respecto a los conductores, vehículo y agencia con la que tiene contrato. Dicho contrato será realizado en forma exclusiva con una agencia habilitada y por el término mínimo de 1 año.

Los vehículos
Las unidades deberán contar con cobertura o póliza vigente por Responsabilidad Civil frente a terceros y por persona transportada, inspección vehicular al día, y libre multa.
Los vehículos deberán proceder a la desinfección en forma mensual y obligatoria.
El vehículo debe ser de tipo Sedan, de no menos de cinco puertas, equipado con motor de no menor de 1.300 cc con capacidad para cinco (5) personas, incluido el conductor, tener aire acondicionado y calefacción. Contar con clara iluminación interior; en el momento de ascenso y descenso de pasajeros; y estar dotados de un reloj odómetro emisor de tickets.
No podrán tener más de 13 años de antigüedad –fue modificado en la sesión siguiente por 15 años–, contados a partir del 1º de enero del año posterior a su fabricación, vencido dicho término se otorgará un plazo de gracia de 18 (dieciocho) meses para la renovación.
En caso que el titular de la licencia no hubiere renovado la unidad, la licencia se pondrá en caución por un término no mayor a noventa (90) días hábiles, para que luego el organismo de aplicación proceda con la caducidad definitiva.
Todo vehículo deberá ser sometido por su titular, a un control administrativo y técnico en forma semestral, que no podrá practicarse sin acreditar el pago del seguro a término.

Los conductores
Para desempeñarse como conductor, toda persona deberá encontrarse habilitada e inscripta en el registro que a tal fin deberá llevar el organismo de aplicación. Tener 21 años de edad cumplidos y no más de 65; aunque quienes superen esta edad podrán continuar trabajando sin límites siempre que aprueben un examen médico anual.
Poseer licencia de conductor categoría D1, aprobar un examen sobre la planta urbana de la ciudad y vestir correctamente de acuerdo a lo detallado por la reglamentación.
El conductor tiene que contar también con un certificado de cobertura del seguro por accidente de trabajo y vida, obligatorio si estuvieren en relación de dependencia, o declaración jurada conjunta del titular y relevante propuesto si este último no se encontrara en relación de dependencia.
El propietario del automóvil que desee utilizar conductor para la explotación de un vehículo en forma permanente, estará obligado a comunicar previamente al Departamento de Inspección General, el nombre del conductor. En caso de un relevo temporario no mayor a 5 (cinco) días deberá comunicárselo a la agencia.
Está prohibido fumar, transportar más de 4 pasajeros, y tomar pasajeros que no hayan solicitado previamente el servicio a la agencia o en la vía pública.

Las empresas o agencias de remisse
El Servicio de Remisse se prestará mediante una agencia, debidamente autorizada para funcionar como tal, que funcionará las 24 horas, y que no podrá estar ubicada a una distancia inferior a los 200 metros de las paradas de taxímetros habilitadas a la fecha o cooperativa de taxis de la ciudad.
El local deberá tener sala de espera reglamentaria, un baño general como mínimo y todas las condiciones de Higiene y Salubridad previstas en las Ordenanzas sobre habilitación de comercios.
Queda terminantemente prohibida la permanencia de más de tres vehículos frente a la agencia.
Las agencias deberán contar con un mínimo de veinte (20) –ya modificado por (5), ver reunión Nº 12– y un máximo de noventa (90) vehículos afectados al servicio, y están obligadas a notificar dentro del plazo de cuarenta y ocho horas de producidas cualquier baja y/o alta de vehículos y/o conductores. La notificación también rige para cuando un vehículo deba retirarse del servicio por fuerza mayor por un plazo superior a quince días.
Los equipos de radio V.H.F. o U.H.F. deberán contar con la autorización respectiva de la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones.

Caducidad de las licencias de remisse
Las Licencias de Remisse son intransferibles.
Su caducidad se produce por decisión del titular; por incumplimiento reiterado de las disposiciones del reglamento; por venta de la unidad habilitada; por quiebra, o falseamiento de datos advertida con posterioridad a la adjudicación de la licencia.
En caso de venta de la unidad con motivo de la adquisición de una unidad o en razón de fuerza mayor debidamente justificada, y el titular quisiera conservar la titularidad de la licencia, deberá presentar una nota de solicitud ante la Secretaría de Gobierno, dejando la licencia en caución, pudiéndose en este caso otorgar un plazo de noventa días para la presentación de la nueva unidad.

Pago de los tributos derechos y tasas
Las agencias de remisses deben pagar una contribución especial al Fondo Específico de Repavimentación y Bacheo, la que será calculada mensualmente por cada unidad de remis.
También se abonará en concepto de Tasa de Desinfección de Remisse por el servicio mensual de cada unidad la suma que determine la Ordenanza Anual Tributaria.

La tarifa
La tarifa será fijada por el Concejo Deliberante en base a los valores propuestos por el Departamento Ejecutivo emergentes de los estudios que realice.

Prestación del servicio
El Servicio de Remisse deberá prestarse durante todo el año, en turnos de 8 horas cada uno, a saber: de 6:00 a 14:00; de 14:00 a 22:00 y de 22:00 a 6:00 hs.
Cada vehículo deberá cumplir, por lo menos un turno diario obligatorio respetando el correspondiente día de descanso y vacaciones anuales. El titular de la licencia y los conductores que tomen vacaciones deberán comunicarlo con una anticipación de 30 días.

10º sesión ordinaria

Fecha: 11 de junio de 2009
Presidente: Olga Coteluzzi.
Concejales presentes: Mateos, Orellana, Sánchez, Fraccaroli, Cavalleri, Prece, Garavano y Richetti.
Los proyectos fueron votados por unanimidad.

Adhesión acuerdo de estabilidad precio del gas licuado de petroleo
Los concejales aprobaron el proyecto de decreto que establece la adhesión al Acuerdo de Estabilidad del Precio del gas licuado del petróleo (GLP).
A través del mismo se autoriza al intendente a arbitrar las medidas conducentes para que el municipio de Villa Gobernador Gálvez adhiera al acuerdo antes mencionado y al Programa Nacional de Consumo Residencial de gas licuado de petróleo envasado dependiente de la Secretaría de Energía del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación.

Cambio de mano en Moreno e incorporación de giro a la izquierda
El Concejo modificó una resolución anterior y estableció que desde esa sesión calle Moreno posea un doble sentido de circulación en toda su extensión. Además, determinó que el semáforo existente en Av. Gral. Juan D. Perón y Pasteur permita el giro a la izquierda para los vehículos que circulan desde el Noroeste por calle Pasteur hacia el Noreste sobre avenida Gral. Juan D. Perón.
A su vez, se prohíbe el estacionamiento en Av. Gral. Juan D. Perón sobre la mano de los números impares en el tramo comprendido entre calle Pasteur y Av. San Martín.
Dice la nueva ordenanza: “Lo dispuesto en el presente artículo deberá ser sometido a un período de observación durante 30 días; transcurrido dicho lapso, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá elevar un informe detallado a este Cuerpo con los efectos positivos y negativos de su aplicación”.

Autorización de la compra directa para comedores
A partir de la modificación del Art. 2 de la Ordenanza Nº 1841/09, los ediles autorizan al Departamento Ejecutivo Municipal a comprar en forma directa productos cárnicos hasta un límite de 17.500 pesos mensuales, productos de panadería hasta un límite de 14.700 pesos mensuales y la suma del rubro otros artículos perecederos hasta un límite de 10.000 pesos mensuales, que fueren necesarios para completar las raciones para los cuatro comedores infantiles, dependientes de la Municipalidad prescindiéndose de la formalidad de la Licitación Pública por razones de urgencia en cuanto a la modalidad que reviste la adquisición de dichos productos.

Carpeta asfáltica en sección catastral Nº 3
Los concejales aprobaron la minuta de comunicación a través de la cual se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área que corresponda, estudie la factibilidad de la realización de la carpeta asfáltica en Pasajes Chacabuco y Cochabamba, ambos entre Roque Sáenz Peña y Bv. San Diego de la Sección Catastral Nº 3.

Plazoleta “Bomberos Voluntarios”
El Concejo solicita, por medio de la aprobación de una minuta de comunicación, que el Departamento Ejecutivo Municipal ordene realizar trabajos de limpieza y parquización en la plazoleta "Bomberos Voluntarios" ubicada en la intersección de las calles Bomberos Voluntarios y Mosconi.
Además, pide la construcción de veredas internas y perimetrales en dicho espacio verde, como también la colocación de bancos y luminaria.

Red de gas natural para el barrio “Loteo Miniello”
Vecinos del barrio denominado "Loteo Miniello" solicitaron la colocación de la red de gas natural. Luego de poner en consideración de los concejales, los mismos aprobaron la siguiente minuta: “El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para solicitar que por el Área que corresponda, estudie la posibilidad de extender la red de gas natural en el sector comprendido por las calles Brown desde Amenabar hasta Chubut, como así también los siguientes pasajes: Olga Cossettini (Ex Pasaje 1), Cecilia Grierson (Ex Pasaje 3), Virginia Volten (Ex Pasaje 5), Mariquita de Thompson (Ex Pasaje 2 y 4) y Juana Manuela Gorriti (Ex Pasaje Nº 6 y 8).”