El día 30 de abril se lleva a cabo la 4º Sesión ordinaria la misma es presidida por el Vicepresidente 1º Luis Sánchez . Solamente se encuentra ausente el concejal Richetti.
El Concejal Orellana hace moción sobre tablas y solicita se de ingreso y tratamiento al exp. 1520/09 Proyecto de declaración por el día del Trabajador, con clara intención de valorar los derechos de los trabajadores y acompañar en reconocimiento de los mismos. Se aprueba por unanimidad.
A través de la aprobación por unanimidad de los Proyectos de Minuta de Comunicación, el Concejo Deliberante se dirige al Departamento Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda ordene:
Programa de bacheo en las calles Piazza, Libertad y Fornieles desde calle San Juan a Av. J.D.Perón.
Limpieza, desmalezamiento y desinfección en el microbasural ubicado en la intersección de las calles Alvear y Santiago del Estero y colocación de carteles señalizando la multa correspondiente por arrojar residuos en la vía pública. Reparación de la calzada en la intersección de calles Alvear y Corrientes.
Limpieza y erradicación del microbasural sito en 3 de Febrero y J.D.Perón, desmalezamiento y desinfección del mismo. Colocación de carteles fijando las multas.
Limpieza del microbasural y desobstrucción del desagüe ubicado en la intersección de las calles San Nicolás y Bordabehere. Desmalezamiento y desinfección del lugar y ampliación de desagües. Colocación de cartelería advirtiendo multas por arrojar basura en la vía pública.
Limpieza, desobstrucción y zanjeo en la zona de la intersección de calles Esperanza y Tinogasta. Reparación y mantenimiento de los desagües de la zona.
Loteo SocialEn la sesión se trataron todos los temas antes citados pero la gente estaba expectante de saber si los concejales aceptarían el proyecto del Ejecutivo, el loteo social era la frutilla del postre.
El Departamento Ejecutivo Municipal eleva Proyecto sobre Loteo Social. Favorable con modificaciones. Puesto a consideración se aprueba por unanimidad (teniendo en cuenta la ausencia del Concejal Roberto Richetti)
La gente satisfecha y el Concejal Sánchez cierra con un breve discurso por el proyecto aprobado sobre el loteo social y sobre el Día internacional del Trabajo.
Creemos que es importante que la población sepa cuales son las condiciones de la ordenanza, la misma dice:
Art.1) Derógase el art.2 de la ord. 1704/06 y desaféctase del dominio público la parcela ubicada en la sección catastral nº13, manz.94, gráfico 2 del plano de mensura nº 144865/00.
Art.2) Autorizase al Dpto. Ejecutivo a destinar 1 fracción de terreno de 97 mts. s/calle Sta.Rosa y 72 mts. sobre calle Tartagal, que corresponde a la parcela ubicada en la Secc. Catastral antes citada con una superficie de 6.984 mts2, para un loteo social para personas de escasos recursos en el marco del art.39 inc.51 y del art. 11 in fine de la Ley 2756.
Art.3) Autorizase al Dpto. Ejecutivo a realizar la mensura y a confeccionar el plano correspondiente de mensura y subdivisión, de acuerdo al croquis que se acompaña y que forma parte de la presente ordenanza, la cual deberá contar con los requisitos que exige el Código Urbano Municipal para las urbanizaciones con excepción de las medidas de los lotes previstos en dicho croquis por tratarse de un loteo social.
Art.4) Autorizase al Depto. Ejecutivo Municipal a resolver la adjudicación de los terrenos sociales y condiciones de pago. Las cuotas serán fijan, mensuales, iguales y consecutivas no pudiendo ser inferiores a la suma $ 85, fijándose como precio de c/lote la suma de $ 10.200.
Art.5) Son requisitos para acceder al presente Loteo Social los que se detallan a continuación: Formar parte de un grupo familiar. Contar con más de 5 años de residencia en la ciudad. Encontrarse en una situación de emergencia habitacional. No ser propietario de ningún otro inmueble. Tener capacidad de pago de la cuota que se determine de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior. Poseer ingresos familiares mínimos fijos o variables, que impida a los solicitantes acceder a los créditos convencionales.
Art.6) La Secretaría de Desarrollo Social recepcionará las solicitudes, y será quien a través de un informe establecerá si los interesados reúnen las condiciones socioeconómicas necesarias para tener acceso a los beneficios objeto de la presente. El Dpto. Ejecutivo deberá realizar las diligencias que correspondan hasta la adjudicación definitiva de los inmuebles e instrumentar la cobranza bajo las condiciones convenidas.
Art.7) Aprobada la adjudicación por el Dpto. Ejecutivo, se procederá a la suscripción de 1 boleto de compra venta en el que al menos se especificaran las siguientes pautas: Obligatoriedad de habitar el lote adjudicado una vez suscripto el boleto de compra y venta. Obligatoriedad de no enajenación del bien por un plazo de 15 años, contados a partir de la fecha de suscripción del boleto de compra venta para cuyo caso deberá poseer escritura traslativa de dominio.
Art. 8) Concretado el acto de adjudicación y firmado el boleto de compra venta, se hará entrega de la posesión del lote y a partir de dicha fecha los impuestos, tasas, contribuciones de orden nacional, provincial y municipal correrán por cuenta del adjudicatoria.
Art.9) Crease el “Fondo Solidario de ladrillos y materiales” y el “Fondo Especial para la adquisición de tierras”. El primero tendrá por objeto facilitar el acceso del adjudicatario a ladrillos y materiales de construcción, para encaminar los pasos de la edificación en los lotes adjudicados. De los ingresos obtenidos con las cuotas periódicas que abonen los adjudicatarios y/o donaciones que realicen los particulares y/o empresas se destinará un 30% para la adquisición de ladrillos y materiales que serán utilizados para cumplimentar la finalidad de la creación del fondo. El 70% restante de lo recaudado se destinará al Fondo Especial para la Adquisición de Tierras con destino a nuevos loteos sociales que se crea por la presente Ordenanza.
Todo adjudicatario y poseedor de un lote, en forma automática tendrá derecho a los beneficios de dicho Fondo Solidario de Ladrillos y materiales siempre que tenga la cuota al día.
Art. 10) Estos “Fondos” serán administrados por una Comisión de Seguimiento que estará compuesta por los Secretarios de Obras Públicas, de Hacienda, de Desarrollo Social y por 2 miembros del Concejo Municipal, quienes actuarán ad honorem. La Comisión deberá distribuir los elementos mencionados en forma equitativa y llevar un registro de materiales debiendo el Dpto Ejecutivo proceder a la apertura de cuentas bancarias especiales para cada uno de los fondos creados.